Al momento de elegir una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), resulta muy conveniente evaluar previamente algunas variables. Ofrecemos aquí éstas sugerencias:
- Comparar las alícuotas que le cobrarían las distintas ART.
- Consultar sobre el grado, nivel y frecuencia del asesoramiento que le ofrecen.
- Consultar la frecuencia con que la ART se compromete a visitar sus establecimientos y quiénes realizarán dichas visitas.
- Verificar si tienen un Programa de Capacitación destinado a los trabajadores y si deberán trasladarse los trabajadores a otra ciudad o irá la ART a su localidad para capacitarlos.
- Preguntar cuándo y dónde realizarán los exámenes médicos. Solicite a la ART información sobre los prestadores que los realizarán, si están en su localidad y si tienen especialistas en los temas vinculados a lo que Ud. produce.
- Consultar sobre qué harán en caso de accidente o enfermedad profesional para analizar qué falló y evitar nuevos siniestros.
- Averiguar qué prestadores tienen en la zona en la que se encuentran sus establecimientos, los centros de urgencias, alta complejidad y los de atención así como también dónde se realizará la rehabilitación, si fuera necesaria.
- Consultar si hay oficinas administrativas o de gestión de la ART en la zona en la que se encuentran sus establecimientos.
- Preguntar cómo se realizan los reintegros a los trabajadores en los casos que correspondan y cómo organizan los servicios de traslados de los damnifica- dos y la entrega de medicamento, prótesis y órtesis que correspondan.
- Solicitar que se definan cuáles son los canales por los cuales la ART informa al empleador sobre la evolución de los damnificados.
- Solicitar se le informe qué mecanismos pone a disposición la ART para recibir consultas o reclamos de empleadores y trabajadores.
Cómo proceder en caso de accidente de un trabajador
Cuando un trabajador informa al empleador un accidente de trabajo, el empleador debe solicitar a la ART que se le brinde inmediatamente la atención y las prestaciones médicas y asistenciales correspondientes, de acuerdo con las instrucciones que recibió oportunamente de parte de la aseguradora.
La ART tiene la obligación de entregarle material informativo a los empleadores sobre los pasos a ejecutar en caso de accidente de trabajo. La atención médica también puede ser gestionada directamente por el trabajador accidentado, sus familiares o cualquier otra persona, ante la ART o ante un prestador por ella habilitado.
En la credencial que la ART debe entregarle al empleador para que distribuya a los trabajadores cubiertos, consta el número telefónico para llamar en forma gratuita al Centro Coordinador de Atención Permanente (CeCAP) de la aseguradora que le brindará la asistencia y orientación en caso de accidente de trabajo.
Si tuviera inconvenientes con la aseguradora puede comunicarse al 0800-666- 6778 de la SRT, de lunes a viernes de 8 a 19 horas o efectuar un reclamo desde el sitio de Internet de la SRT (www.srt.gob.ar)
Por otra parte, cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional grave o mortal, la ART debe iniciar inmediatamente una serie de investigaciones, a fin de analizar qué fue lo que falló y evitar que vuelva a ocurrir un accidente similar en el establecimiento o en otros establecimientos.
Según lo que indica la ley los damnificados podrán optar de modo excluyente entre las indemnizaciones previstas en éste régimen de reparación o las que le pudieran corresponder con fundamento en otros sistemas de responsabilidad. Los distintos sistemas de responsabilidad no serán acumulables.
Fuente: Estudio Pérego-Giles